Medidas en el despacho por el estado de alarma

Este sábado, 14 de marzo de 2020, se ha publicado en el BOE, con entrada en vigor ese mismo día, el Real Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria, con plazo de duración de 15 días naturales.
El Real decreto establece la suspensión de los plazos procesales, también de los administrativos, y de los plazos de prescripción y caducidad.
Además, limita los movimientos a los indispensables para asistir al trabajo, centros sanitarios, o entidades bancarias o aseguradoras, entre otros destinos entre los que no incluye a asesorías jurídicas, ni tributarias, seguramente por la propia suspensión del cómputo de los plazos.
Es por ello que en BERDEJO-ABOGADOS ponemos a disposición de nuestros clientes la posibilidad de mantener las consultas y entrevistas a través de Skype en nuestra dirección berdejoabogados@outlook.es
Evitar los desplazamientos constituye, durante los próximos 15 días, una medida responsable de colaboración con los profesionales sanitarios para el control de la difusión del contagio de la enfermedad, por lo que animamos a todos nuestros clientes a realizar sus consultas de forma telemática.
Será un placer volver a estrecharles la mano dentro de 15 días.

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