Está empeorando. Dos consejos te doy: saca el dinero del banco y piensa a quien no pondrás en la esquela

Está empeorando. Dos consejos te doy: saca el dinero del banco y piensa a quien no pondrás en la esquela

Un Juzgado bilbaíno ha estimado la demanda formulada por el cliente de BERDEJO-ABOGADOS en ejercicio de la acción de impugnación del cuaderno particional de una herencia que había otorgado el dirimente de la testamentaría. En la demanda se esgrimían tres motivos de impugnación del reparto de la herencia y los tres han sido acogidos por el tribunal. El primero y más grave es que en la cuenta bancaria de la que el causante era titular había un disponente autorizado, quien en uso de sus facultades extrajo de la cuenta, en los días previos al fallecimiento, cuando el titular ya estaba hospitalizado, diversas cantidades cuyo reembolso no pudo justificar. El segundo es que los promoventes de la testamentaría, entre quienes se cuenta quien dispuso de los fondos, incluyeron como gasto de la herencia una esquela en la que únicamente aparecían ellos y no el resto de familiares del mismo grado de parentesco. Y el tercero es que también incluían como gastos los de administración y conservación del patrimonio del finado posteriores a su fallecimiento. La sentencia anula las operaciones particionales y condena a realizarlas de nuevo previa reposición del dinero retirado en su día y sin incluir entre los gastos de legítimo abono ni las esquelas en interés propio ni las deudas posteriores al fallecimiento.

 

Herencias y testamentos. Abogados en Santander, Cantabria. 2018

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