Doctrina del TS: atención a lo que se escribe
El TS, ante la contradicción entre distintas Audiencias, ha admitido a trámite un recurso, por la vía del interés casacional, para aclarar que la calidad de la información que las entidades dan a sus clientes minoristas en caso de productos financieros complejos ( Swap ) es una cuestión de hecho no revisable en casación y que si para los órganos de instancia ( Juzgado y Audiencia ) fue considerada suficiente, no hay causa para la nulidad. No afecta a esta doctrina que la contratación sea anterior o posterior a la normativa MiFID. Conclusión: cuidadito con las respuestas por correo electrónico a la sucursal bancaria, porque no irán a la papelera.
Sentencia en PDF: https://lnkd.in/dz_BhZ7
En Santander, Cantabria.
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