Una gasolinera de Islares tendrá que indemnizar con 171.000 euros a un empleado que fue agredido y atracado.
Jose Maria Ferrer Sierra ha dirigido esta reclamación que ha resuelto favorablemente el Tribunal Supremo y de la que se ha hecho eco la agencia Europa Press:
El Tribunal Supremo ha declarado firme una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que condenaba a la estación de servicio en Islares a indemnizar con casi 171.000 eurosa un empleado que fue agredido y atracado por dos encapuchados que accedieron a la gasolinera desde una zona que no se encontraba correctamente iluminada.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha inadmitido en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el recurso interpuesto por dicha estación de servicio, a la que este empleado le reclamaba daños y prestigio por este “accidente de trabajo”.
Según se recoge en el auto, los atracadores accedieron, junto a una tercera persona, desde una zona de murete de la gasolinera “que no se encontraba correctamente iluminada”.
Además, en la fecha en la que fue ese atraco –la estación de servicios ya había sufrido otros anteriores– la gasolinera no tenia instalada una alarma. Tampoco cuenta con autoservicio ni vigilante de seguridad por lo que, según se recoge en el auto, la Sala entiende que el “trabajador estaba expuesto a un alto riesgo”.
El Tribunal Supremo considera que la instalación de una alarma y una adecuada iluminación de la zona por la que se accedió “habrían podido aminorar” o “paliar” las consecuencia.
Para la Sala, se evidencia que “la empresa no solo ha incumplido las exigencias de seguridad impuestas normativamente, sino que ademas no ha acreditado haber empleado la precisa diligencia para evitar el daño ya que no dispuso las medidas materiales y personales de seguridad adecuadas y recomendadas en el propio plan de prevención”.
A juicio del Tribunal Supremo, la empleadora “no evaluó adecuadamente el potencial riesgo de atraco, aunque se habían producido con anterioridad varios sucesos semejantes, uno de ellos tan solo cuatro días antes, y el de planificar adecuadamente la actividad preventiva”.
De la indemnización al empleado deber ser respondida solidariamente por la estación de servicio y la aseguradora hasta el limite de 89.700 euros.
Fuente: Elfarodecantabria.com ( Agencia Europa Press)
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