8 de marzo

En el caso que presentamos hoy nuestra clienta es una valiente emprendedora que ha invertido tiempo, dinero y esfuerzo en construir y poner en marcha, en plena pandemia, unos nuevos apartamentos turísticos. Como buena empresaria ha estado muy pendiente de la evolución de los trabajos y cuando la obra estaba a punto de finalizar, con cierto retraso, ha detectado tanto excesos de facturación como defectos constructivos.

En esa situación vino a vernos, sin haber satisfecho aún la última certificación.

Lo que hicimos, después de intentar un arreglo extrajudicial, fue estructurar la pretensión en cuatro apartados: a) cantidad a que ascendía realmente la liquidación pendiente; b) excesos de facturación; c) defectos constructivos, y d) penalización contractual por retraso.

Como resultado de tales operaciones el saldo no resultaba a pagar, sino a devolver, y eso es lo que ha estimado hoy, íntegramente y con costas, la sentencia favorable a los intereses de la clienta de BERDEJO-ABOGADOS.

La sentencia, notificada hoy, lleva fecha 8 de marzo.

Así celebramos en nuestro despacho el día de la mujer que lucha y triunfa.

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